Información sobre el ejercicio de una actividad de servicios de forma temporal u ocasional en España
Ejercicio temporal como Autónomo o Sociedad
Consiste en la prestación de servicios a empresas o consumidores españoles de manera temporal y ocasional por parte de un profesional o sociedad que se encuentra establecida en otro Estado miembro de la Unión Europea. No requiere de ningún trámite de constitución, pero es posible que sí requiera de unos trámites específicos que dependerán de la actividad concreta sobre la que se prestará el servicio.
Si va a ejercer una actividad profesional que está regulada en España, por lo general deberá previamente informar de la prestación que pretende realizar. Esto se efectúa mediante la presentación de una declaración previa y por escrito ante la autoridad competente española.
Ejercicio temporal mediante asociación con empresa establecida
Esta modalidad asociativa consiste en una colaboración en virtud de la cual uno o varios prestadores se asocian con una empresa de servicios, contribuyendo a ella con la parte del capital que convinieren, y haciéndose partícipes de sus resultados en la proporción que determinen.
Generalmente estas asociaciones se formalizan mediante acuerdos privados entre las partes.
Declaración previa al ejercicio temporal
Si se traslada al territorio español para ejercer una profesión regulada de manera temporal u ocasional, no necesita solicitar el reconocimiento de sus cualificaciones. Sin embargo, antes de su primer desplazamiento, por lo general deberá informar a la autoridad competente española sobre la actividad que tiene previsto llevar a cabo, presentando una declaración por escrito.
Esta declaración deberá ser renovada anualmente si tiene la intención de continuar la prestación de servicios temporal u ocasionalmente en España.
Tenga en cuenta que las profesiones reguladas son diferentes según el país en el que se ejerzan. Consulte la base de datos de profesiones reguladas para conocer si si la prestación que pretende realizar se considera como profesión regulada.
Para más información sobre ante que autoridad competente debe presentar la declaración, contacte con el Centro de Asistencia Nacional. O utilice nuestro asistente para conocer los requisitos que debe cumplir.
Trámites inicio de actividad
Asistente
Nuestro asistente le guiará, en solo tres pasos, en el procedimiento de constituir y poner en marcha su empresa, y además le facilitará el acceso a los tramites necesarios para el ejercicio de una actividad. Este asistente se encuentra integrado en el PAE virtual.
Desplazamiento temporal de trabajadores
- no necesitas permiso de trabajo;
- en la mayoría de los casos, no necesitas el reconocimiento de tus cualificaciones profesionales, aunque en algunas profesiones sí es posible que se necesite una declaración escrita Ínfórmate sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales (ver CUALIFICACIONES PROFESIONALES Y ORGANIZACIONES | EUGO));
- no necesitas registrarte ante el organismo de seguridad social español, ya que sigues asegurado en el país de empleo habitual (por lo tanto, durante el período de desplazamiento no se acumulan otros derechos de seguridad social, como los derechos de pensión o el derecho a prestaciones de desempleo en el país donde hayas sido desplazado);
- tienes que registrarte como residente ante la administración del país de destino si la estancia supera los tres meses, pero no acumulas derechos de residencia permanente en el país de destino.
RESIDIR TEMPORALMENTE EN ESPAÑA
Residencia en España inferior a 3 meses
IVA de servicios intracomunitarios
Su empresa presta servicios a empresas establecidas en la UE
Su empresa recibe servicios de empresas establecidas en la UE
Servicios a particulares
Excepciones y Reglas especiales
Más información aquí.